Las palabras finiquito, aguinaldo, liquidación…son palabras que normalmente no conocemos hasta que empezamos a trabajar. Si todo va bien en el trabajo lo natural es que crezcas dentro de una misma empresa o te cambies por crecimiento profesional, pero ¿qué pasa cuando la empresa atraviesa un momento difícil y tiene que hacer recortes de personal y te toca a ti?
Surgen preguntas como: ¿y ahora qué voy a hacer? ¿Me van a pagar la quincena completa? ¿Cuánto me toca de aguinaldo? ¿Prima vacacional? ¿Cuánto me toca de finiquito? Estas preguntas surgen por la necesidad de realizar un plan financiero en el que probablemente encuentres otra oportunidad de ingreso fijo.
En caso de que llegues a estar en esta situación en donde tengan que darte las gracias en una empresa, tienes derechos y esto es lo que legalmente debes de recibir después de una baja corporativa.
1.- Multiplica tu sueldo diario por los días laborados no pagados
2.- Calcula tu aguinaldo con el salario diario: multiplica el salario diario por el total de días que recibes de aguinaldo
3.-Cuenta los días de vacaciones que te quedan, multiplica tu salario diario por los días restantes y divide entre 365. Multiplica el resultado por el total de días trabajados y vuelve a multiplicar por el salario diario.
4.- Toma la parte proporcional de tus vacaciones y multiplica por el 0.25 de la prima vacacional
5.- Suma todos los montos y es el resultado estimado que debes de obtener como finiquito. En esta entrega de finiquito también se te descuenta el ISR, cuotas del IMSS, adeudos que tengas en Infonavit y Fonacot o algún otro adeudo que tengas con descuento vía nómina.
Dentro de cada rubro hay ciertas reglas según la Ley Federal del Trabajo y todo depende de cómo estés dado de alta en tu trabajo. Algunas empresas mantienen al trabajador registrado ante la ley con el salario mínimo y el paquete de liquidación se basa en el salario registrado ante el gobierno.
Infórmate siempre sobre tus derechos como trabajador aquí:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/156203/1044_Ley_Federal_del_Trabajo.pdf
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